Los contribuyentes del IRPF tendrán derecho a deducir de su cuota íntegra el 75% de los primeros 150 euros donados.
Las donaciones que superen los 150 euros darán derecho a deducir de la cuota íntegra el 30% del importe.
La base de las deducciones no podrá exceder del 10% de la base liquidable del contribuyente. Por el exceso no se podrá practicar deducción.