El Constitucional dice no a los ‘toros a la balear’

Artículo escrito por Fernando Gomá, vicepresidente de la Fundación del Toro de Lidia y miembro de la Comisión Jurídica, para la versión en papel del diario “Expansión”. 

A los políticos del Pacte balear (Partit Socialista de les Illes Balears, Podemos, Més per Menorca, Més per Mallorca) no les gustan los toros y en el año 2017 quisieron prohibirlos en la comunidad autónoma por medio de una ley, la 9/2017, de 3 de agosto.

No los prohibieron de manera frontal y expresa, eso no era posible porque tal medida ya había sido declarada inconstitucional en la sentencia de 20 de octubre de 2016 del Tribunal Constitucional, relativa a la cuestión de los toros en Cataluña.

Lo que hicieron fue regular la tauromaquia estableciendo requisitos extravagantes y extremos, prohibiciones parciales, limitaciones fuera de lugar y vetos de todo tipo. Haciendo imposible en la práctica la celebración de corridas, pensaron, las eliminamos…pero sin que se note.

Dicho y hecho. La propuesta de regulación de las corridas incluyó controles antidoping a toros y toreros, eliminación de la suerte de matar, de corridas de rejones y del tercio de banderillas, seguros astronómicos, se permitió un máximo de tres toros por corrida (porque sí) y únicamente 10 minutos por faena (de nuevo porque sí), multas enormes, se prohibió que los toros estén en los chiqueros previamente a su lidia, se reguló de una manera extremadamente rígida el peso de los toros, etc.

Esta regulación fue recurrida por parte del Gobierno al Tribunal Constitucional, el cual ha dictado sentencia el día 13 de diciembre de 2018. Y el resultado es claro: todos los artículos recurridos han sido declarados inconstitucionales, salvo uno sin importancia sobre un registro.

El TC examina no solamente los artículos impugnados por separado sino todo el conjunto, y concluye que todos ellos constituyen un obstáculo a la normal celebración de las corridas de toros y provocan una desfiguración de las mismas hasta hacerlas irreconocibles. El TC considera que lo que ha querido hacer la ley es, al final, impedir que se celebre una manifestación cultural con las características que lo hacen reconocible, poniendo requisitos extravagantes y obstáculos insuperables para impedir de hecho su celebración (así, en la sentencia aparecen continuamente palabras como dificultad, obstáculo, desfiguración o irreconocibilidad).

El TC afirma reiteradamente en la sentencia que los toros existen en la realidad española y que no cabe desconocer la conexión existente entre las corridas de toros y el patrimonio cultural español. Y también que la tauromaquia como hecho cultural tiene una forma de ser en España, es algo reconocible y se compone de sus tres tercios y la muerte del toro. Y ello no por ser un producto artificial de las leyes sino por proceder de la propia sociedad, la cual ha ido definiendo, por su voluntad y no como una imposición legal, cómo han de ser en cada momento las corridas.

Así, la sentencia acoge conceptos como: el tradicional desarrollo de la corrida de toros, la normal celebración de las corridas, la recognoscibilidad de las corridas, su reconocimiento como institución cultural, o la consideración de la corrida como manifestación paradigmática de la fiesta tradicional española.

El Tribunal califica a la tauromaquia varias veces como “institución cultural”. Esto podría significar que el TC considera a la tauromaquia una institución “constitucionalmente reconocida”. Este tipo de instituciones son las que el TC quiere proteger especialmente para evitar que se promulguen leyes que pudieran suprimirlas o desnaturalizarlas, lo cual significaría aumentar en mucha intensidad el grado de protección constitucional de la fiesta de los toros.

La sentencia no luce por su claridad precisamente, pero esta interpretación parece corroborada precisamente por uno de los votos particulares en contra, el de los magistrados Valdés y Balaguer.

Ellos están en total desacuerdo y se quejan de esta declaración de la sentencia, pero precisamente por eso son la mejor guía para interpretarla. Así, dicen en el voto particular que: “se dispensa a la tauromaquia una protección reservada hasta ahora a las instituciones constitucionalmente reconocidas (…) Que, visto el alcance de la sentencia, esta garantía protegería la corrida moderna de toros en términos que rozan la intangibilidad”.

Quizá lo que haya que entender (en mi interpretación) es que el Tribunal Constitucional considera que, mientras la tauromaquia sea una realidad social viva en España, es un hecho cultural protegido por la Constitución, y por tanto no susceptible de ser prohibido.

Artículo: Prohibir los toros sin que se note

Artículo escrito por Fernando Gomá, vicepresidente de la Fundación del Toro de Lidia y miembro de la Comisión Jurídica, para el diario Última Hora de Baleares.

A los políticos del Pacte balear (Partit Socialista de les Illes Balears, Podemos, Més per Menorca, Més per Mallorca) no les gustan los toros y quieren prohibirlos. Pero tienen un problema: el Estado de derecho, que no se lo permite.

Hay una ley de 2013 que declara la tauromaquia bien de interés cultural, otra de 2015 declara la intangibilidad cualitativa y cuantitativa del patrimonio inmaterial que es la fiesta de los toros; y el Tribunal Constitucional proclama que la tauromaquia es una manifestación cultural recogida y protegida por la misma Constitución y que tienen una indudable presencia en la realidad social de nuestro país. Nada menos.

Para salvar esa dificultad y conseguir su objetivo, prohibir, se les ha ocurrido una idea genial: ¿Por qué no regulamos estableciendo requisitos extravagantes y absurdos, limitaciones fuera de lugar y vetos de todo tipo? Haciendo imposible la celebración de corridas, las eliminamos… pero sin que se note.

Dicho y hecho. La propuesta de regulación de las corridas incluye controles antidoping a toros y toreros, eliminación de la suerte de matar, de las corridas de rejones, de las banderillas, se exigen seguros astronómicos, se permite un máximo de tres toros por corrida (porque lo digo yo) y un máximo de 10 minutos por faena (por la misma razón), se prevén multas enormes, se prohíbe que los toros estén en los chiqueros previamente a la lidia, se prohíbe que acudan menores de edad, se prohíben las novilladas, se regula el peso de los toros, etc., etc. Prohibir, limitar, multar, una y otra vez.

Lo que propone el Pacte no es una regulación de las corridas de toros en uso de competencias autonómicas. Esto no es regular algo preexistente, de buena fe, para introducir mejoras. Esto es crear de nuevas un seudoespectáculo irreconocible e inviable desde el punto de vista artístico y económico, lo que contraviene de manera tan frontal como burda las leyes vigentes y la jurisprudencia. Es un fraude de ley impresentable. Y bastante cobarde.

El Pacte se cree en el derecho de decidir qué es cultura y qué no, cuando lo que tiene que hacer un gobernante es fomentar la cultura que surge de la propia ciudadanía, molestando lo menos posible. Y la tauromaquia es cultura viva, aunque no les guste.

La ley de 2013 protege y tutela lo que llama el ‘arte de lidiar’, como parte de nuestra cultura. Esa lidia protegida legalmente tiene unos componentes, una estructura, unas costumbres y unos ritos perfectamente definidos y reconocibles, decantados a través de siglos y de plena vigencia en la actualidad. Y todo ello porque la sociedad así lo ha querido y lo sigue queriendo. Alterar de manera esencial ese arte es actuar fuera de la ley y pretender imponer una ideología cultural a los demás. No necesitamos políticos que nos digan en qué consiste la lidia, y menos uno políticos completamente incultos (taurinamente hablando, claro).

En la vida, como en los toros, hay que ir de frente y por derecho. Si quieren suprimir los toros, díganlo con claridad y asuman las consecuencias. Pero no pretendan conculcar las leyes y el Estado de derecho, que nos protege a todos de los abusos del poder, por ideología partidista, de tapadillo y sin dar la cara.

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Artículo: “La legitimidad de la Tauromaquia”

Artículo escrito por Lorenzo Clemente, Presidente de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo.

En él, el reconocido abogado realiza una comparativa entre las motivaciones que impulsaron a algunos colectivos a prohibir las corridas de toros en algún periodo histórico de la humanidad y las motivaciones alegadas por los animalistas hoy en día, haciendo hincapié en la falta de legitimidad de estas últimas.

En este sentido afirma:

«prohibir la tauromaquia no es legítimo. Ni siquiera desde supuestas mayorías que en nuestro país no lo son. Porque no hay nada en la igual dignidad de los seres humanos que legitime que una determinada visión especista de quien trata de hacer equivalente la dignidad de animales y humanos nos obligue a todos a comportarnos según sus dictados

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Artículo: “Sobre la prohibición de los toros”

Artículo escrito por Tomás-Ramón Fernández, miembro de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo.

En él, el reconocido catedrático analiza los elementos esenciales de la sentencia del Tribunal Constitucional relativa a la prohibición de las corridas de toros en Cataluña.

En este sentido afirma:

«la cultura de un pueblo está más allá, en efecto, de la voluntad de los gobernantes y fuera incluso del círculo de atribuciones de éstos, porque es una expresión de la peculiar manera de ser y de estar en el mundo de las gentes (sí, las gentes, que la palabra no es propiedad exclusiva de los populismos rampantes que nos acosan) que lo componen, de su modo singular y característico de interpretar y sentir la realidad en la que se desarrolla su vida y eso no se crea, ni se destruye por leyes o decretos

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Artículo: “Podemos y su mentira: la ONU no ha recomendado prohibir que los niños vayan a los toros”


 

Artículo escrito por Fernando Gomá, vicepresidente y miembro de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo.

En él, el vicepresidente de la FTL desmonta la base del argumento de Podemos que pretende votar este jueves en la Asamblea de Madrid una proposición de Ley para prohibir el acceso de los menores a la tauromaquia.

“Pues bien, si pasamos nuestro particular antivirus Fact Check a la noticia sobre la ONU, se nos pone todo perdido de virus de lo más variado: hay datos falsos, prejuicios, desconocimiento, buenismo, y, lisa y llanamente, opiniones sin ninguna base (del tipo: esto es así porque lo digo yo).

En primer lugar: la ONU no ha dicho nada sobre los toros. Es falso.”

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Artículo: “Yo no soy un asesino”

Artículo escrito por Ricardo Ruiz de la Serna, profesor en la universidad CEU San Pablo y colaborador en la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo

“Durante mucho tiempo, los profesionales de la tauromaquia y los aficionados a ella hemos presenciado una creciente agresividad contra la fiesta, que es patrimonio cultural español, tal como ha recordado hace apenas un año el Tribunal Supremo. Gracias a la Fundación Toro de Lidia la impunidad del insulto se está acabando. Se está terminando esta costumbre de celebrar la cogida fatal, la cornada de muerte y todas las lesiones como si los toreros fuesen culpables de algún crimen.
Conviene recordar adónde habíamos llegado para comprender lo necesarias que son resoluciones judiciales como éstas que mencionamos”.

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Artículo: “El honor de Víctor Barrio y una sentencia judicial contra el odio a la tauromaquia”

Artículo escrito por Fernando Gomá, vicepresidente y miembro de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo:

“Respecto de las redes sociales, la sentencia dice con toda la razón que no pueden ser un subterfugio donde todo vale, y que no son tolerables ataques a la dignidad humana, amenazas o expresiones vejatorias e insultantes. La Constitución, concluye, no reconoce el derecho al insulto.
La acertada sentencia de la juez de Sepúlveda, más allá del caso concreto, es un serio aviso a Datxu Peris y a todos los/las datxuperis que agreden y expulsan su odio desde las redes sociales: comportarse de una manera miserable e insultar a los profesionales o aficionados taurinos ya no va a salir gratis”.
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Artículo: “El Constitucional, contra la cobardía antitaurina balear”

Artículo escrito por Fernando Gomá, miembro de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo:

“En efecto, a los políticos del Pacte balear (Partit Socialista de les Illes Balears, Podemos, Més per Menorca, Més per Mallorca) los toros no les gustan y quisieron prohibirlos tras las elecciones autonómicas de 2015. Pero, como ocurre tantas veces, se toparon con la realidad en forma de Estado de Derecho. […] En definitiva, que no se pueden prohibir.
Pero el Pacte quería prohibirlos de todas maneras, así que se inventa una solución que consiste en regular la tauromaquia estableciendo requisitos extravagantes y absurdos, limitaciones fuera de lugar y vetos de todo tipo, de modo que quede tan desnaturalizada que sea, por una parte, inviable de mantener para los profesionales, y por otra, irreconocible para los aficionados. Prohibir pero sin decirlo expresamente, indirectamente y sin dar la cara.
[…] .
La reacción por parte del Gobierno ha sido rápida, y en ella ha tenido parte el trabajo llevado a cabo al efecto por la Fundación del Toro de Lidia. En el Consejo de Ministros del día 10 de noviembre el Gobierno acordó recurrirla al Tribunal Constitucional entre otras razones porque invade unas cuantas competencias estatales: las que tiene para garantizar la igualdad de los españoles en derecho y deberes y las que atribuyen al Estado la planificación de la actividad económica (la tauromaquia es el segundo espectáculo en directo en España y mueve miles de millones de euros anuales). Y también porque esta ley ataca las competencias y la obligación que tiene el Estado de defender el patrimonio cultural español, dentro del cual está la tauromaquia”.

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Artículo: La broma de la Ley Balear

Artículo escrito por Fernando Bautista, miembro de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo:

“Se acaba de aprobar por el Parlamento Balear una pretendida Ley de regulación de las corridas de toros. No es un ataque contra la tauromaquia, la cultura o la libertad como pueden pretender algunas mentes obtusas. Es por el contrario, un bello ejercicio de ingeniería jurídica y social. Las citas son transcripciones literales de su texto.”

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Artículo: El Tribunal Supremo vuelve a insistir: la tauromaquia es patrimonio cultural español

Artículo escrito por Fernando Gomá, miembro de la Comisión Jurídica de la Fundación Toro de Lidia, para el diario El Mundo:

“El Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo no tienen dudas: la tauromaquia es cultura hoy, forma parte de nuestra tradición y es un hecho vivo, un fenómeno importante y algo sentido por muchos españoles. Por otros españoles, en cambio, no, y es legítimo. Algunos furibundos detractores proclaman que es un espectáculo al que la sociedad, y en especial la juventud, le ha vuelto la espalda, y que durará poco. Yo creo que esa opinión obedece más a sus deseos que a la realidad, pero si así fuera ¿de qué se preocupan? Déjennos a los aficionados disfrutar de lo que sí consideramos cultura y opinen lo que quieran, pero duden más y dogmaticen menos.

Y sin insultar, por favor.”

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